: Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Calificación de Flagrancia de conformidad con el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se autoriza para que en la presente causa se siga por el Procedimiento Ordinario, para lo cual, una vez trascurrido el lapso legal se ordena remitir la causa a la Fiscalía Décimo Octava del Ministerio Público. TERCERO: Se Impone a la ciudadana YAJAIRA COROMOTO HERNANDEZ MORAN, venezolana, de 35 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 12.553.786, nacida en fecha 28-10-1976, de profesión Ama de casa, domiciliada en Kilómetro 15 Sector Barrio Nuevo, casa N° 53 Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani El Vigía, Estado Mérida, hija de Neria Josefa Mor.....