JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, tres de junio del año dos mil diecinueve.
209º y 160º
DEMANDANTE: MARIA EUGENIA UZCATEGUI DE ESPINOZA Y OTRAS.
DEMANDADO: ANTONIO JOSE MARTINEZ RANGEL.
MOTIVO: ENTREGA DE INMUEBLE COMERCIAL ARRENDADO.
Vista la diligencia de fecha 23 de abril del año 2019, que corre agregada al folio 152 del presente expediente, suscrita por el abogado JUAN JORGE ESPINOZA VÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 53.052, con el carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual expone lo siguiente: "...Consta al folio ciento cuarenta y ocho (148) de este expediente, auto (sic) del Tribunal (sic) de fecha 25 de marzo del año en curso, por lo cual recibe y admite escrito presentado por las abogadas representantes judiciales del demandado, por el cual pretenden dar una nueva contestación a la demanda, esto es, .....