El tribunal declaró: PRIMERO: Consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa, seguida por la ciudadana ANA KARINA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.283.124, con domicilio en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, asistida por la abogada LEIX TERESA LOBO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.297.575, inscrito en Inpreabogado bajo el N° 10.882, por el cual formuló demanda contra el ciudadano RAINER EMIRO URDANETA RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.022.183, con domicilio en la jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Mérida, PARTICION DE BIENES CONYUGALES.
SEGUNDO: Según lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no se hace especial pronunciamiento sobre costas en virtud de la naturaleza de este pronunciamiento.
TERCERO: Por cuanto la presente decisión es.....