DECISION:
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante YVONES COROMOTO SALINAS PEÑA, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.035.791, a los ciudadanos JOSÉ ALBERTO CARRERO SALINAS, LEONARDO ENRIQUE CARRERO SALINAS, MARCOS TULIO CARRERO SALINAS y EDUARDO LUIS CARRERO SALINAS, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad N° V.- 18.124.684, V.- 19.995.571, V.- 19.995.570 y V.- 18.124.846, en su orden, con el carácter de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros de acuerdo a las pre.....