DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente analizadas, este Tribunal de Control No 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se decreta como Flagrante la detención de los ciudadanos Fraalber Naun Sánchez Quiroga y Alexander Calderón Tarazona,, por considerar que se encuentran llenos las exigencias del artículo 44.1 de la Constitución, en armonía con el 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y castigado en el encabezamiento del artículo 470 del Código Penal.
SEGUNDO: Se decreta la Libertad Inmediata de los ciudadanos Fraalber Naun Sánchez Quiroga y Alexander Calderón Tarazona, y en su defecto se les impone una medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad consistente en presentaciones cada treinta (3.....