ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad otorgada por el Tribunal de Control N° 03, en fecha 30-08-06, la cual corre inserta a los folios 36 al 40 de la actuaciones que integran la presente causa, en la que se otorgó al referido investigado ALEJANDRO CORONEL PAYARES, colombiano, natural de Chiriguaná, Departamento César de Valledupar-Colombia, nacido en fecha 16-09-1974, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad de ciudadanía N° 77.103.778, solero, albañil, hijo de Guillermina Payares (d) y de Héctor Coronel Muñoz (v), domiciliado en Los Pozones, Calle principal, N° 1-42, donde funciona la casa Alimentaria, vía Santa Bárbara del Zulia, El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, teléfono 0414-8428048, Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad contenidas en los numerales 6 y 8 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la Med.....