DISPOSITIVA.
PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación de autos, interpuesto por los abogados Marianela Marín Estrada y Eladio Gutiérrez, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Rubén Dávila Uzcátegui, en contra de la decisión emitida por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, que en fecha 04 de enero de 2016, negó la solicitud de entrega del vehículo Clase: automóvil, Tipo: sedan, Uso: carga, Modelo: Aveo, Color: plata, Serial de Carrocería: 8ZITJ516X8V371634, Serial de Motor: X8V3716634, Placas: AB27AK, Año 2008, Marca: Chevrolet.
SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, que en fecha 04 de enero de 2016, negó la solicitud de entrega plena del vehículo, por estar ajustada a derecho.