ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: 1°) Califica como flagrante la aprehensión de la ciudadana ANA MAILETH PERALTA PAREDES, venezolana, de 27 años de edad, soltera, de oficios de hogar, titular de la cédula de identidad N° 16.599.179, natural de Caracas, nacida en fecha 15-02-1980, hija de Iris Paredes y Jorge Peralta, domiciliada en Chamita, Calle Principal, casa sin número, por donde están los Edificios, a lo último por donde esta el río, de la Ciudad de Mérida Estado Mérida, por haber sido aprehendida en las circunstancias de tiempo, modo y lugar ya explicadas, por la presunta comisión del delito de Tránsporte de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustanc.....