En este mismo orden y habiéndose determinado los puntos en las cuales las partes están contestes, corresponde ahora fijar los hechos y límites controvertidos en la presente causa, los cuales serán objeto de pruebas conforme a derecho:
HECHOS CONTROVERTIDOS:
PRIMERO: Aprecia la Operadora de Justicia, que existe controversia en cuanto a que exista o no una conexión familiar entre los ciudadanos PASQUA FIORE DE PIETRANTONIO y PIETRANTONIO FIORA MICHELE, Italianos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números E.- 646.117 y E.- 667.973 en su orden, de este domicilio y hábiles, parte actora en las presentes actuaciones, y el ciudadano FRANCISCO ANNDRES PIETRANTONIO VALERO, quien es venezolano, mayor de edad, estudiante, soltero, titular de la cédula de identidad número V.- 20.431.859, de este domicilio y hábil, dentro del grado permitido por la Ley; en este sentido, durante el lapso de promoción y evacuación de pruebas, debe ser demostrado por medio de prueba .....