ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de JOSÉ MIGUEL HERRERA MOLINA, titular de la cedula de identidad Nº 12.655.986 , residenciado en el Barrio El Carmen, calle 01, casa s/n , El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 3º del Código Penal Venezolano vigente para la fecha en que ocurren los hechos, cometido en perjuicio de JOSÉ BESEDNJAK CERNEF, de nacionalidad Venezolana (adquirida), casado, de profesión Ganadero, titular de la cedula de identidad Nº 2.060.338, residenciado en urbanización Las Delicias, Av. 01, 34, Estado Mérida.
Notifíquese a las partes la presente decisión, y remítanse en su oportunidad las actuaciones al Archivo Central para su guarda y custodia. CÚMPLASE.-
El JUEZ DE CONTROL No. 07
ABG. NOEL PETIT LEAL
LA SECR.....