En consecuencia, vistas las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por mandato de la Constitución y por autoridad de la Ley y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: Únicos y Universales Herederos del causante ILDE ALFONSO MÉNDEZ a sus hijos los ciudadanos YLMER ALFONSO MÉNDEZ APONTE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nro. 17.794.495 según se evidencia del acta de nacimiento Nro. 305, año 1986; YRIANY PAOLA MENDEZ APONTE, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 19.102.760 según se evidencia de acta de nacimiento Nro. 213, año 1988 e YLDEMARO ANTONIO MENDEZ APONTE, venezolano, mayor.....