DISPOSITIVA
Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y sus Leyes Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICION a la partición hecha por la parte demandada, ciudadana Rosa María Araque Mora, venezolana, mayor de edad, soltera, cedula V-9.203.381 representada por su apoderada judicial María Juana Maldonado Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 23780, de conformidad con los artículos 778 y 780 en su último aparte del Código de Procedimiento Civil. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se declara CON LUGAR LA PARTICIÓN DE BIENES, interpuesta por el ciudadano ANTONIO JOSE CARRERO, venezolano, mayor de edad, soltero, con cedula de identidad Nº V-3.369.910, representado por el abogado en ejer.....