Por las razones que anteceden este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y sus Leyes, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de DIVORCIO intentada por la ciudadana SIXTA LUZARDO PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.448.956, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábil, debidamente representado por los abogados en ejercicio RICARDO JOSE PARADA y LUIS MARTIN OLIVER SIMANCAS, e inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro 84.492 Y 84.520, respectivamente, contra su cónyuge el ciudadano GUILLERMO SANCHEZ MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 4.490.003, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábiles, de conformidad con el ordinal 2° del artículo 185 del Código. Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUND.....