En consecuencia este Tribunal de Control N° 02, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: 1°) Decreta la aprehencion en situación de fragrancia al ciudadano Ali José Sanchez Rosales, titular de la cédula de identidad N° V. 14.204.093, venzolano, de 27 años de edad, casado, domiciliado en la Bubuquí III, vereda 8, casa N° 24 El Vigía Estado Mérida, de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por los delitos de Violencia Fisica, tipificado y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la familia, y por el delito de Porte de Arma Blanca, tipificado en el artículo 278 del Código Penal reformado, en perjuicio de la ciudadana América del Carmen Barrios León . 2°) El presente proc.....