Decisión
El Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 479, numeral 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, y llenos los extremos exigidos en los artículos 3, 5, 6, 7, 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, decide: 1.- Redime la pena impuesta al ciudadano WALTER ARNOLD LEGGENHAGGER LEÓN (identificado en autos) por el lapso de un (01) mes, veintiocho (28) días y doce (12) horas de prisión; 2.- Declara que el ciudadano WALTER ARNOLD LEGGENHAGGER LEÓN (identificado en autos) ha cumplido: cinco (05) años, un (01) mes, diecinueve (19) días y doce (12) horas., restándole por cumplir un lapso igual a seis (06) años, diez (10) meses, diez (10) días y doce (12) horas, que terminará de cumplir e.....