DISPOSITIVO
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA incoada por la ciudadana MARIA ANTONIA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.041.579, asistida por el abogado GYLMAR ALI HERNANDEZ DAVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 10.714.714, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 126.274, contra los ciudadanos SILVIO JOSE DAVILA MARQUEZ, SANDRA YUSNEIDY DAVILA MARQUEZ y JUNIOR ALFONSO DAVILA MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números 17.130.058, 17.129.901 y 20.197.208, en su condición de descendientes del causante ciudadano EDGAR ALFONSO DÁVILA.....