Por lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y de bienes, suscrita por los ciudadanos: BLADIMIR ALTUVE SERRANO y YECENIA YUSMARY LEAL MOLINA, plenamente identificados. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los prenombrados cónyuges, según el matrimonio Civil contraído por ante la Registro Civil del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, en fecha 10 de diciembre de 1999, bajo el No 60, folio Nº 065, inserta en los libros respectivos llevados por dicho Registro, acta que corre y consta agregada en copia certificada al folio cinco (05) y su vuelto de este expediente.- Así se decide.-