En virtud de lo antes expuesto este Juzgado considerando además que esta prohibido en nuestro ordenamiento jurídico penal el Juzgamiento en ausencia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA expedir a los solos fines procesales ORDEN DE APREHENSIÓN EXTENSIVA INTERNACIONAL, en contra del ciudadano: RAEED HELAL HELAL, venezolano, titular de la cédula de identidad N¿ 16.305.805, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 15-09-1983, de 19 años de edad, soltero, de oficio comerciante, hijo de Hail Helal Bekas y de Damia Helal, residenciado en el Barrio La Inmaculada, Calle 11, entre Avenidas 11 y 12, Casa N¿ 12-37, diagonal al Colegio Cecilio Acosta, El Vigía Estado Mérida una vez cumplidas sus detenciones deberán ser presentados los detenidos ante este Tribunal, en el lapso de 48 horas previstas en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y así proceder este despacho a proveer so.....