Este Tribunal de Control N° 02 de Guardia, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión el Vigía, ADMINISTRANDO JUSITICA EN NOMBRE DELA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Declinar la competencia al Tribunal de Control N° 06 de Adolescentes de la Ciudad de Caracas y ordena el Traslado del investigado JEAN EDUARDO MOREZUTH COEYO, de conformidad con el articulo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el mismo se encuentra solicitado tal como consta en el acta de investigación penal de fecha 17-05-09, en el sentido de que dicho traslado sea coordinado con el Cuerpo de Investigaciones, Científicas Penales y Criminalisticas de esta ciudad y la ciudadana Zenaida Coheyo, quien es familiar del investigado, para que dicho traslado sea realizado a los fines de reguardar el derecho a la salud y garantías constitucionales tal y como lo prevé la Constitución de la Re.....