SEGUNDO:se declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha veinticinco (25) de marzo del año dos mil diecinueve (2019), por el abogado RAFAEL ENRIQUE QUINTERO MORENO, en su carácter de autos, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, de fecha cinco (05) de noviembre del año dos mil dieciocho (2018), mediante la cual declaró sin lugar la acción reivindicatoria incoada por las ciudadanas AMANDA PARRA ALBARRAN, MARIA MARLEN PARRA ALBARRAN E YSMENIA PARRA ALBARRAN, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-5.201.854, V-5.201.852 y V-5.201.851, respectivamente, domiciliada la primera en el sector La Angostura, Misintá, en la parroquia Mucuchíes, municipio Rangel del estado Bolivariano de Mérida, y la segunda y tercera en la ciudad de Mérida, estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, en contra del ciudada.....