ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda la aprehensión el flagrancia solicitada por el Ministerio Público a los imputados ISRAEL ANTONIO ACOSTA, colombiano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de ciudadanía Nº 5.505.799, natural del Departamento de Santander, República de Colombia, de 49 años de edad, nacido en fecha 27/01/1961, de ocupación u oficio agricultor, hijo de Alicia Acosta (v) y de Israel Rodríguez (v), no sabe leer y escribir, residenciado en la Aldea Los Limones, de Capazón hacia arriba, calle principal, en la Finca Propiedad del Señor Jesús Rondón, vía La Azulita, Jurisdicción del Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, Teléfono; 0416-5729920; LIBARDO ACOSTA PRIETO, venezolano, mayor de edad, soltero, indocumentado, natural .....