DISPOSITIVA:
Por lo anteriormente expuesto y con fuerza en la motivación precedente, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos 1°) Decreta como flagrante la aprehensión de los ciudadanos: LUIS ENRIQUE APONTE ROJAS, venezolano, de 20 años de edad, hijo de Luis Enrique Aponte Espinoza y Rosa Barrios, fecha de nacimiento 21-08-1984, titular de la cédula de identidad N° 18.728.499, de ocupación albañil, actualmente residenciado en Urbanización Juan Pablo II, ubicada en Barinas, cerca del aeropuerto, manzana 07, casa N° 17 y EDUARDO JOSÉ IZQUIERDO CÉSAR, venezolano, de 24 años, hijo de Eduardo Camacho y Marisol César, fecha de nacimiento 23-11-1980, titular de la cédula de identidad N° 22.112.769, de ocupación obrero, actualmente residenciado en Barinas, Urbanizac.....