DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana: MARIA FELICITA SOSA MARQUEZ, ya identificada, en contra del ciudadano: ANTONIO JOSE MARQUEZ PEÑA, igualmente identificado, en beneficio de su hijo, el ciudadano niño: OMITIR NOMBRE, de diez (10) años de edad, en consecuencia, SE FIJA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en beneficio del niño de autos, en la cantidad de CIENTO DIEZ MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.110.000,oo) mensuales, equivalente al veintitrés con sesenta y uno por ciento (23,61%) del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional, el cual corresponde a la cantidad de cuatrocientos sesenta y cinco mil bolívares (Bs.465.750,oo). Igualmente, SE FIJAN DOS BONOS ESPECIALES adicionales a la Obligación Alimentaría, uno en el mes de Septiembre para los gastos de útiles escolares y uniformes y el otro en el mes de diciembre para gastos de la época, en la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.150.000,00) cada uno, equivalentes .....