Se acordó a solicitud de la F. 21° del M.P. ORDEN DE ALLANAMIENTO, de conformidad con el art. 47 de la CRBV, en concordancia con los art. 210, 211 y 212 del COPP, a fines de INCAUTAR ARMAS DE FUEGO, utilizadas específicamente para cometer el hecho, cuya investigación está signada con el N° H-029.841 y N° Fiscal 24-F21-0443-2006. Duración máxima de 7 días. Líbrese la orden con su respectivo oficio, así como oficio remitiendo actuaciones al M.P requirente.