DECISIÓN:
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus Leyes, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la acción de Cobro de Bolívares por Intimación intentado por la empresa Industrias Ondaflex C.A, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Mérida, a través de sus apoderados abogados en ejercicio RAFAEL E. QUINTERO MORENO, ROCIO YAJAIRA ANGULO LA TORRE, YOLIMAR ROSALES QUERRERO Y MARIA EUGENIA SANDOVAL DE SZOTYORI, venezolanos, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 660.330, V- 12.972.005, V-13.463.470, V-5.305.373, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números Nros. 6.313, 77.233, 89.046, 66.523, contra la empresa El Gran Marchante C.A, en la persona de su Presidente el ciudadano JOSEPH CHACKAL KASPARIAN, extranjero, mayor de edad, titular de la cé.....