DECLARA REDIMIDO el lapso de SIETE (07) MESES, DIEZ (10) DIAS Y DOCE (12) HORAS, de la pena total que cumple el penado: NICOLAS VIERA DÁVILA, venezolano, de 59 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.009275, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina del Estado Mérida.
QUINTO
Efectuado como ha sido el cómputo por redención de la pena se observa que el penado: venezolano, de 59 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.009.275, durante el tiempo de su reclusión ha REDIMIDO: CUATRO (04) MESES, DIECISÉIS (16) DIAS Y DOCE (12) HORAS, más el tiempo que ha cumplido de su condena, la cual es desde la fecha 09-01-2005 a la fecha de hoy 14-05-07, por un lapso de DOS (02) AÑO, CUATRO (04) MESES Y CINCO (05) DIAS, le da un total de pena cumplida con redención de DOS (02) AÑOS, ONCE (11) MESES, QUINCE (15) DIAS; y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS DE PRISIDIO, le falta por cumplir la pena de ONCE (11).....