Se declara SIN LUGAR la recusación propuesta contra la abogada YAMILET FERNÁNDEZ CARRILLO, en su carácter de Juez Provisoria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con fundamento en el artículo 82, ordinales 4° y 15º del Código de Procedimiento Civil, mediante diligencia presentada en fecha 03 de mayo de 2018, por el abogado OSCAR SOSA ROJAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano RAMÓN PEÑA PÉREZ, en el juicio seguido contra la SOCIEDAD MERCANTIL IPC S.R.L. por prescripción adquisitiva. SEGUNDO: Se impone a la parte recusante, multa por la cantidad de DOS BOLÍVARES (Bs. 2,00), que deberá ser pagada en el Tribunal de la causa, dentro del lapso de tres (3) días de despacho siguientes a la expedición de la correspondiente planilla, con la advertencia que, si la misma no pagare la multa impuesta en el término indicado, de conformidad con la citada dispos.....