En consecuencia este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA por estar ajustado a derecho, la solicitud del Ministerio Público, de INTERCEPTACIÓN TELEFÓNICA, GRABACION Y FILMACIÓN DE COMUNICACIONES PRIVADAS al abonado telefónico de la línea Nº 0414-3740996, perteneciente al teléfono móvil del ciudadano WILLIAN ALEXANDER BRACHO URDANETA, procedimiento que será efectuado por parte del Grupo Anti-Extorsión y Secuestro N° 01, Sección Panamericana, del Comando Regional N° 01, del Comando de Operaciones de la Guardia Nacional de Venezuela, con sede en El Vigía Estado Mérida, con la utilización de una Micrograbadora Marca: JWIN, Serial: 031001422, operada por el personal técnico al mando del Capitán (GN) ADELSO JUNIOR MENDOZA, Jefe de la Sección Panamericana del G.A.E.S. N° 01, de la Guardia Na.....