El Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: SE DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA al imputado DANIEL ENRIQUE CHOURIO PLAZA, venezolano, natural de Caja Seca, estado Zulia, titular de la cédula de identidad número V- 20.750.660, soltero, de 19 años de edad, nacido en fecha 08-01-1993, de ocupación obrero, Bachiller, hijo de Maritza Plaza (v) y de Duvan Chourio (v), domiciliado en Sector La Florida, calle principal, casa S/Nº, frente a la bodega "La Esquina", vivienda pintada de color blanco, Nueva Bolivia, estado Mérida, teléfono; 0424-7314591 y el de su progenitora Maritza Plaza; 0416-1179592; por encontrarse llenos los extremos señalados en el articulo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA D.....