Decisiones del dia 30/08/2004
N° Expediente :
LL11-P-2001-000048
N° Sentencia :
Fecha: 30/08/2004
Procedimiento: Extinción De La Pena Y Cumplimiento De Accesorias
Partes: BELKIS COROMO URDANETA (PENADA), EL ESTADO VENEZOLANO (VICTIMA),
Resumen:
Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:------------------------------------------
PRIMERO: DECLARA EXTINGUIDA LA PENA CORPORAL, a favor de la penada BELKIS COROMOTO URDANETA, ya identificada, Por Cumplimiento de la pena, de conformidad con lo previsto en el artículo 479 0rdinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.--------------------------------------------SEGUNDO: ACUERDA EL CUMPLIMIENTO DE LAS PENAS ACCESORIAS, en tal sentido tenemos: El articulo 16 del Código Penal establece:¿ Son penas accesorias a la de prisión 3) La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que esta termine. Una vez revisada y analizada la sentencia definitivamente firme dictada contra el sentenciado de autos, así como la resolución mediante la cual este Juzgado otorgó a favor de esta la Libertad Condicional, las cuales corren inserta en los folios.....
Juez/Ponente:
Nora Luz Cadenas Villanueva
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
N° Expediente :
LP01-P-2003-000339
N° Sentencia :
Fecha: 30/08/2004
Procedimiento: Penas Accesorias
Partes: PENADO PEDRO PABLO GUILLÉN UZCÁTEGUI, FISCALÍA 13 DEL M.P; VÍCTIMA; JUANA GIL GIL.
Resumen:
Se dictó auto y a tenor de lo establecido en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal y 13 del Código Penal, se ejecutaron las penas accesorias del penado Pedro Pablo Guillén Uzcátegui y, en consecuencia, se fija como autoridad para la vigilancia al Prefecto Civil de la Parroquia La Matriz, frente a la Plaza Bolívar de Ejido, Mérida, Estado Mérida, por lo cual se acuerda enviar oficio al referido funcionario para que tenga conocimiento de lo decidido en el presente auto, es decir que el penado Pedro Pablo Guillén Uzcátegui, deberá presentarse cada treinta días ante ese Despacho, hasta el dieciocho (18) de diciembre de 2004, solicitándole además que informe con regularidad a este Despacho el cumplimiento de las condiciones por parte del citado ciudadano
Juez/Ponente:
Gustavo Curiel
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
N° Expediente :
LP01-P-2004-000549
N° Sentencia :
Fecha: 30/08/2004
Procedimiento: Calificación De Aprehensión En Flagrancia
Partes: FISCALÍA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, IMPUTADO DE AUTOS ISIDRO UZCATEGUI PEREZ, VÍCTIMA: LUIS ALIRIO PÉREZ MORA
Resumen:
DECISIÓN:
En consecuencia este Juzgado de Primera Instancia el lo Penal en Funciones de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara con lugar la aprehensión flagrante del ciudadano Isidro Uzcategui Pérez, por el delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionadoen el artículo 407 del Código Penal. SEGUNDO: Se ordena la aplicación del Procedimiento Ordinario, en la presente causa a tenor de lo previsto en el artículo 373 del COPP. TERCERO: Se impone al aprehendido la Medida de Privación Judicial Preventiva de Privación de Libertad, por estar llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del COPP. Y ASÍ SE DECIDE.
EL JUEZ DE CONTROL NRO. 05,
ABG. Alida Morella Torcatti Berroterán.
LA SECRETARIA:
ABG. Dulce Maria Manrique Porras.
Juez/Ponente:
Alida Morella Torcatti Berroteran
Organo:
Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control