El Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: Califica como flagrante la aprehensión del imputado RICARDO RINCON, venezolano, natural de El Vigía Estado Mérida, soltero, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15356351, curso estudios hasta quinto grado, de oficio chofer, hijo de Aidé Cecilia Rincón (v) y desconoce el nombre de su padre, domiciliado en el Barrio Carabobo, calle principal, casa s/n, teléfono 04141752235, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre El derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana ISBEIRA MARTINEZ GARCIA, por cumplirse con los requisitos establecidos en artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 93 de la ley Orgánica sobre el derecho.....