Por los señalamientos anteriormente expuestos, este tribunal en funciones de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se acuerda el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los acusados ERADO ALFONSO ANDRADE, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° 9.198.209, natural de Tovar, Estado Mérida, nacido en fecha 10 -06-1960, de 50 años de edad, de estado civil: casado, de oficio: agricultor, hijo de Elda Ramona Andrade (v) y desconoce el nombre de su padre, residenciado en el Barrio Campo Alegre, Calle Principal, Casa Nº 83, El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, teléfono celular N° 0414-7567842, y JOSÉ ALEXANDER REINA PEÑALOZA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° 11.217.470, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 22-02-1973, de 36 años de edad, de estado civil: soltero, de oficio: obrero, hijo de María .....