Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos JESÚS ARGENIS TORRES ESCALANTE y NANCY JOSEFINA TORO DE TORRES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 8.005.769 y V- 8.010.673, en su orden, domiciliados el primero en el sector La Playa, Parroquia Jaji, de esta jurisdicción, y la segunda en la calle El Porvenir, casa Nº 24, Parroquia Montalbán del Municipio Campo Elías del estado Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados Ciudadanos, según Matrimonio celebrado por an.....