Del análisis del contenido en el caso de marras y en base a las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, fija como hechos y limites controvertidos:
PRIMERO: Se fija como hecho controvertido en el caso de marras, la fecha para que se realice la entrega material de un inmueble constituido por un Apartamento signado con el Nº 1-3, Edificio 2D del Conjunto Residencial El Trapiche, de la población de Ejido, Municipio Campo Elías del estado bolivariano de Mérida, propiedad de la ciudadana REINA MARINA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, comerciante, titulares de la cédula de identidad Nº V-3.398.584, respectivamente, arrendadora del inmueble, al ciudadano HENRY ALEJANDRO RUIZ MEDINA, venezolano, soltero, comerciante, mayor de edad, títular de.....