Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos LUIS ALBERTO ZAMBRANO ROJAS y GLADYS DEL CARMEN ROJAS DE ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 5.206.489 y V- 9.048.139, en su orden, domiciliados el primero en el sector Los Higuerones, casa S/N, adyacente al Abasto La Terraza, y la segunda en el sector Aguas Calientes, Urbanización Carlos Sánchez, casa Nº642, calle Nº 11, Ejido, Parroquia Matriz del Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial.....