Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos LUIS GABRIEL GUEVARA TORRES y DAMARGYE CAROLINA PILONIETA ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 15.516.371 y V- 15.296.138, en su orden, domiciliados el primero en el sector San Rafael, calle 10, casa 10, casa 493, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y la segunda en la avenida Los Próceres, entrada al Rincón, Residencia Los Tejados, Quinta Olga, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA disuelto el víncul.....