DISPOSITIVA: De todo lo expuestos y en conformidad del artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, ese declara Improcedente el petitum realizado por el Abogado José Rodríguez Carrero, en fecha 08 de enero de 2020 e inserto al folio 97 con su respectivo vuelto.
LA JUEZ
ABG. ALBA DEL CARMEN VÁZQUEZ AÑEZ
LA SECRETARIA
ABG. ZONIA C. GONZALEZ B.-
AdelCVA/zcgb.-