Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como Únicos y Universales Herederos del causante MARCO TULIO ACOSTA (+), quien en vida, era venezolano, mayor de edad, títular de la cédula de Identidad N° V- 2.454.565, a los ciudadanos HERMES ACOSTA MORENO, venezolano, mayor de edad, títular de la cédula de identidad Nº V-13.822.638, según Acta de nacimiento Nº 218, de fecha 03 de diciembre de 1968, emitida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Matriz del Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, MARISOL ACOSTA MORENO, venezolana, mayor de edad, títular de la cédula de identidad Nº V-13.097.640, según Acta de nacimiento Nº 87, de fech.....