Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos ARISTÓBULO BARRIOS Y CIRA AMELIA SÁNCHEZ DE BARRIOS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 3.032.384 y V- 5.797.608, en su orden, domiciliados el primero en el sector La Cueva, casa s/n, Parroquia Matriz del Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y la segunda en el sector Las Cruces, casa s/n, Parroquia Montalbán del Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombr.....