Con fuerza en los fundamentos de hechos y de derecho expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua, de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición ejercida por la parte demandada en el particular primero de su escrito de oposición, de fecha 07 de agosto de 2015, contra la promoción de pruebas elevada por la parte demandante, en cuanto refiere a la constancia de trabajo emitida por TRIBUTUM, que se encuentra agregada al expediente al folio 16. Así se decide.
SEGUNDO: SIN LUGAR la oposición ejercida por la parte demandada en el particular segundo de su escrito de oposición, de fecha 07 de agosto de 2015, contra la promoción de pruebas elevada por la parte demandante, en cuanto refiere a la comunicación dirigida previa al presente juicio por la parte demandante.....