DECISION:
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante YOLANDA ROJAS ROJAS, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.044.838, a el ciudadano LUIS ANTONIO MORENO PUENTES y a sus hijos ciudadanos ANDRES JOSE MORENO ROJAS y CESAR ALEJANDRO MORENO ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V.- 5.511.587, V.- 21.185.133 y V.- 23.724.436, con el carácter de cónyuge e hijos, respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionad.....