PRIMERO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de noviembre de 2017, por la abogada MÓNICA DEL PILAR POYATO, apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JULIO CÉSAR TALLAFERRO GUZMÁN, contra la sentencia interlocutoria proferida el 07 de noviembre de 2017, mediante la cual el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDAdecretó la inhabilitación de la ciudadana MARÍA DOLORES GUZMÁN GUIÑAN, en el procedimiento de interdicción seguido en su contra, por considerar que no existían méritos suficientes para declarar su interdicción. SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria recurrida, de fecha 07 de noviembre de 2017.TERCERO: Se condena en costas del recurso a la parte actora-recurrente por haber resultado totalmente vencida.