PRIMERO: Se declara SIN LUGAR recurso de apelación interpuesto en fecha 13 de marzo de 2018, por la representación judicial de la parte demandante, ciudadano GONZALO ANTONIO SOTO CAMPOS, contra el auto de fecha 05 de marzo de 2018, dictado por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEGUNDO: Se CONFIRMA la providencia recurrida de fecha 05 de marzo de 2018, dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.