PRIMERO: Se declara la NULIDAD del auto de admisión de la solicitud de disolución de hogar constituido, de fecha 10 de abril de 2007, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida y de los demás actos procesales subsiguientes cumplidos en el presente proceso, incluida la sentencia definitiva consultada, de fecha 27 de abril de 2007.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, se decreta LA REPOSICIÓN de la presente causa al estado de que el Tribunal de Primera Instancia a quien corresponda su conocimiento, proceda a pronunciarse sobre la admisibilidad de la solicitud de disolución de hogar constituido conforme a la ley, y en consecuencia, que la presente causa continúe su curso con estricto respeto del orden público y con apego a la normativa legal correspondiente.
TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no se hace especial pronunciamiento sobre las cos.....