PRIMERO: EXTINGUIDA la apelación formulada en fecha 04 de diciembre de 2012 (f. 195), por la profesional del derecho NERY DEL SOCORRO HERNÁNDEZ DE VEGA, en su condición de coapoderada judicial dela ciudadana CARMEN BEATRIZ BUSTOS DE PABÓN, en su carácter de parte demandada, contra la sentencia interlocutoria de fecha 27 de noviembre de 2012 (fs.185al193), dictada por el Juzgado Segundo e Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no se hace especial pronunciamiento sobre las costas del recurso.