En consecuencia, a los fines de emitir pronunciamiento ajustado a derecho en la incidencia sometida por via de apelación al conocimiento de esta Superioridad, este Juzgador considera de imperiosa necesidad, oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, para que con carácter de URGENCIA, remita a este Juzgado, información sobre la fecha cierta en que se produjo la citación de los ciudadanos CELIA XIOMARA ORPEZA y PEDRO GILBERTO OLMOS RODRÍGUEZ, en su carácter de Presidente y Vicepresidente de la Asociación Civil Simón Bolívar Los Frailejones, parte demandada, así como el cómputo pormenorizado, con vista del libro diario llevado por ese Tribunal, de los días de despacho transcurridos en ese Juzgado, desde aquél en que se ejecutó la medida de prohibición de enajenar y gravar, vale decir, el 06 de febrero de 1997, hasta aquél en que se formuló la oposición al decreto de la misma, vale decir, 17 del mi.....