Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos anteriormente, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta MEDIDA INNOMINADA, consistente en la prohibición a la demandada, ciudadana FIORELLA COROMOTO PICÓN DE PEREIRA o su cónyuge, REINALDO PEREIRA ÁLVAREZ ROSADO de percibir el pago de los cánones de arrendamiento de los locales que conforman el inmueble objeto de este litigio, y a tal efecto, se ordena a la empresa Servicios Integrales Quintero Núñez, C.A, que actualmente administra esos locales -cuyo representante es el abogado Juan Pedro Quintero, quien recauda esos cánones o frutos-, que a partir de la fecha de su notificación, proceda a depositar en la cuenta corriente signada con el Nº 0007-0040-14-0000053787, que este Tribunal tiene aperturada en la entidad ba.....