Este Tribunal Superior Primero Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que me otorga la Ley, declaro: INADMISIBLE la recusación interpuesta por la ciudadana Virna Beatriz Meneses Moreno, parte codemandada en el presente litigio, ya identificada en autos, asistida por la abogada Rosa María Olimpio Zambrano, en contra de la Juez Accidental Francina M. Rodulfo A.