DECISIÓN
En mérito de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la Repúbli¬ca Bolivaria¬na de Venezuela y por autori¬dad de ley, declara competente por razón de la materia a la Jueza Unipersonal N° 1 de la Sala de Juicio del Tribunal Accidental de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en esta ciudad de Mérida, para conocer y decidir, en primera instan¬cia, la causa a que se contrae el presente expediente, seguida por la ciudadana ISKRA CECILIA GARCÍA COLMENARES, contra las niñas ISKRA VALENTINA ARAUJO GARCÍA y MARÍA JOSÉ ARAUJO RODRÍGUEZ, en su carácter de hijas del difunto, por reconocimiento de existencia de unión concubinaria.
Queda en estos términos dirimido el conflicto negativo de competencia elevado al conocimiento de este Juzgado Superior.
Publíquese,.....