PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de regulación de competencia, interpuesta en fecha 1º de octubre de 2009 (folios 51 y 58), por el abogado PEDRO SERGIO MARCANO MANZULLI, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadanos ANA RANGEL DÁVILA GUZMÁN, EREDIE ALFREDO PIASPAM LARA y ALFREDO DE LA TRINIDAD HERNÁNDEZ SANTIAGO, como medio de impugnación de la sentencia interlocutoria proferida el 27 de noviembre de 2008 por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en el juicio seguido contra la ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (A.E.U.L.A.), por resolución de contrato y daños y perjuicios.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, se REVOCA en todas y
cada una de sus partes la referida sentencia interlocutoria de fecha 27 de noviembre de 2008.
TERCERO: Se declara COMPETENTE POR RAZÓN DE LA MATERIA al prenombrado JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INS.....